Ley Segunda Oportunidad
Si es usted un autónomo, una persona física o una familia que tiene unas deudas inferiores a 5.000.000,00 euros y se encuentra en estado de insolvencia porque no tiene suficientes ingresos para pagar sus deudas, le podemos ayudar a tramitar un ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS (AEP), con la finalidad de:
- Conseguir un acuerdo con sus acreedores.
- Conseguir en vía judicial la exoneración del Pasivo insatisfecho (BEPI), es decir, el perdón de sus deudas.
- Que sus deudas sean inferiores a 5.000,000,00 euros.
- Que sus acreedores sean inferiores a 50.
- Que sus activos sean inferiores a 5.000.000,00 euros.
- Que la empresa tenga suficientes activos para pagar los gastos del procedimiento.